MOCIÓN CON MOTIVO DE LA APLICACIÓN DEL REAL DECRETO 1093/2024, DE 22 DE OCTUBRE
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Real Decreto 1093/2024, de 22 de octubre, por el que se regula la gestión de los residuos de los productos del tabaco con filtros y de los filtros comercializados para utilizarse con productos del tabaco que contengan plástico y que sean de un solo uso, tiene como objetivo materializar el principio de «quien contamina paga», de acuerdo con la política medioambiental de la Unión Europea, que indica que quien contamina debe sufragar los gastos de ejecución de las medidas de prevención y control de la contaminación impuestas por las autoridades públicas para garantizar que el medio ambiente se encuentre en buen estado; y es que la UE persigue como fin último asegurar que toda la ciudadanía europea viva en un entorno saludable.
El Real Decreto 1093/2024, de 22 de octubre, se inspira en los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Organización de las Naciones Unidas, números 12 y 14 que forman parte de la Agenda 2030, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 25 de septiembre de 2015, relativos a garantizar modalidades de consumo y producción sostenibles, dando lugar a la promulgación de la Directiva (UE) 2019/904, del Parlamento Europeo y del Consejo Europeo, de 5 de junio de 2019, sobre la reducción de determinados productos de plástico que perjudican al medio ambiente, entre los que se encuentran los filtros de productos del tabaco.
El Real Decreto 1093/2024, de 22 de octubre, contempla a lo largo de su contenido los llamados “Regímenes de Responsabilidad Ampliada del Productor” para los productos del tabaco con filtros que contienen plástico y los filtros comercializados para utilizarse en combinación con productos del tabaco y el desarrollo de medidas de concienciación al respecto. Concretamente, a lo largo del articulado recogido en el Capítulo II del mencionado Real Decreto, se regulan las obligaciones con las que debe cumplir el productor como consecuencia directa de su responsabilidad y entre ellas se encuentra el deber de “financiar la recogida y tratamiento de los residuos de productos del tabaco con filtros y filtros”, de acuerdo con lo dispuesto en el art.16.e) y en los términos previstos a lo largo del mencionado texto legal.
Desde Izquierda Unida-Podemos consideramos que el estudio sobre la aplicación efectiva de lo contenido en el Real Decreto 1093/2024, de 22 de octubre, resultaría beneficioso para nuestra ciudad ya que nos acerca a los objetivos medioambientales dictaminado por la Unión Europea y la Agenda 2030 y supone una fuente de ingresos adicional para las arcas municipales, al no tener que continuarse costeando la gestión y tratamiento de los filtros del tabaco (que caen en la tipología de residuos conocida como “basura dispersa”).
A este respecto, hay que tener en cuenta que el Real Decreto 1093/20224 contempla dos fórmulas en su artículo 21 para que los sistemas de responsabilidad ampliada del productor financien la gestión y tratamiento de los filtros del tabaco:
- Suscripción de un convenio entre los sistemas de responsabilidad ampliada del productor y la Comunidad Autónoma. En este caso, la Comunidad Autónoma ha de garantizar la participación de todas las entidades locales en la negociación, el seguimiento y la ejecución de las obligaciones financieras del convenio; o
- Suscripción de un convenio entre la entidad local y los sistemas de responsabilidad ampliada del productor, previo conocimiento y conformidad de la Comunidad Autónoma.
Asimismo, será necesario que esta entidad local realice los estudios oportunos orientados a determinar el coste total que supone a las arcas municipales la gestión de estos residuos, los filtros del tabaco, a fin de determinar la financiación exigible a los sistemas de responsabilidad ampliada del productor. Los costes totales deberán incluir los costes laborales, de personal, administrativos, de transporte, o de tratamiento, entre otros. En este sentido, consideramos oportuno que se tenga especialmente en cuenta el peso y volumen de estos residuos (p. ej. una “colilla” no pesa lo mismo ni tiene el mismo volumen si está seca o mojada).
Por todo esto, el Grupo Municipal de Izquierda Unida-Podemos, propone al Pleno del Ayuntamiento, la adopción de los siguientes
ACUERDOS
PRIMERO: Que se proceda a hacer un estudio financiero del coste total que supone a las arcas municipales la gestión y tratamiento de los filtros del tabaco a fin de determinar el alcance de la contribución financiera de los sistemas de responsabilidad ampliada a nuestra Entidad Local.
SEGUNDO: Que se identifique a los diferentes sistemas de responsabilidad ampliada del productor existentes en España con quienes deberá suscribirse el convenio o los convenios previstos en el artículo 21 del Real Decreto 1093/2024.
TERCERO: Que se inicien los trámites oportunos con la Administración autonómica, bien para instar a ésta a que sea ella quien suscriba el convenio con los sistemas de responsabilidad ampliada del productor, bien para que autorice al Ayuntamiento de Palencia a suscribir el convenio de manera directa con el sistema o los sistemas de responsabilidad ampliada del productor obligados a financiar el coste de gestionar y tratar estos residuos.
CUARTO: Que se garantice la aplicación retroactiva del convenio o los convenios que finalmente se suscriban, de conformidad con lo dispuesto en la disposición transitoria primera del Real Decreto 1093/2024 que dispone que “las responsabilidades financieras de los sistemas de responsabilidad ampliada del productor reguladas en este real decreto serán de aplicación desde su entrada en vigor. Estas aportaciones se contemplarán en los convenios señalados en el artículo 21 con carácter retroactivo”.
En Palencia, a 11 de noviembre de 2024